TESTIMONIO: VISTO Y CONSIDERANDO: Lo actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal en el Decreto Nº 1070 del 13 de diciembre de 1995 donde se destina la suma de $ 200.000.- (Pesos Doscientos Mil) del total del 50% de los Aportes No Reintegrables del año 1995 al Programa: Obra Infraestructura de Servicios Planta Procesadora de Papas Fritas Congeladas. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 131/96 ---------------------------------- ARTICULO 1.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo ------------ municipal en el Decreto Nº 1070 del 13 de diciembre de 1995.----------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintisiete días del mes de junio de mil novecientos noventa y seis. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----------